lunes, 24 de diciembre de 2012

LAS INDULGENCIAS



Con motivo de celebrarse el “Año de la Fe” promulgado por su Santidad el Papa Benedicto XVI, desde Octubre 2012 a Noviembre 2013, me pareció oportuno dar a conocer esta hermosa tarea-misión que tiene La Iglesia Católica y no siempre es bien explicada y comunicada a los fieles cristianos católicos.
Las indulgencias están estrechamente ligadas al sacramento de la Penitencia o Confesión; lo explica muy bien el Catecismo de la Iglesia Católica desde hace ya 20 años. En el N° 1464 leemos: “Los sacerdotes deben alentar a los fieles a acceder al sacramento de la Penitencia y deben mostrarse disponibles a celebrar este sacramento cada vez que los cristianos lo pidan de manera razonable”
N° 1465:”Cuando celebra el sacramento de la Penitencia , el sacerdote ejerce el ministerio del Buen Pastor que busca a la oveja perdida, el del Buen Samaritano que cura las  heridas, del Padre que espera al Hijo Pródigo y lo acoge a su vuelta, del justo Juez que no hace acepción de personas y cuyo juicio es a la vez justo y misericordioso. En una palabra, el sacerdote es el signo y el instrumento del amor misericordioso de Dios con el pecador”
N° 1466: “El confesor no es dueño, sino el servidor del perdón de Dios. El ministro de este sacramento debe unirse a la intención y a la caridad de Cristo. Debe tener un conocimiento probado del comportamiento cristiano, experiencia de las cosas humanas, respeto y delicadeza con el que ha caído; debe amar la verdad, conciencia hacia la curación y su plena madurez. Debe orar y hacer penitencia por él confiándolo a la misericordia del Señor.
LOS EFECTOS DE ESTE SACRAMENTO
N° 1468 “Toda la virtud de la penitencia reside en que nos restituye a la gracia de Dios y nos une con El con profunda amistad”. El fin y el efecto de este sacramento son, pues, la reconciliación con Dios. En los que recibe el sacramento de la Penitencia con un corazón contrito y con una disposición religiosa, “Tiene como resultado la paz y la tranquilidad de la conciencia, a las que acompaña un profundo consuelo espiritual” (Concilio de Trento, DS 1674) En efecto, el sacramento de la reconciliación con Dios produce una verdadera “resurrección espiritual”, una restitución de la dignidad y de los bienes de la vida de los hijos de Dios, el más precioso de los cuales es la amistad de Dios (Lc.15,32).
N° 1469 “Este sacramento reconcilia al penitente con la Iglesia. El pecado menoscaba o rompe  la comunicación fraterna. El sacramento de la penitencia la repara o la restaura. En este sentido, no cura solamente al que se reintegra a la comunión eclesial, tiene también un efecto vivificante sobre la vida de la Iglesia que ha sufrido por el pecado de uno de sus miembros (1 Cor.12,26). Restablecido o afirmado en la comunión de los santos, el pecador es fortalecido por el intercambio de los bienes espirituales entre todos los miembros vivos del Cuerpo de Cristo, estén todavía en situación de peregrinos o que se hallen ya en la patria celestial.
QUE SON LAS INDULGENCIAS
“La indulgencia es la remisión ante Dios de la pena temporal por los pecados, ya perdonados, en cuanto a la culpa, que un fiel dispuesto y cumpliendo determinadas condiciones consigue por mediación de la Iglesia, la cual, como administradora de la redención, distribuye y aplica con autoridad el tesoro de las santificaciones de Cristo y de los santos”.
“La indulgencia es parcial o plenaria según libere de la pena temporal debida por los pecados en parte o totalmente”
“Todo fiel puede lucrar (ganar) para sí mismo o aplicar por los difuntos, a manera de sufragio, las indulgencias tanto parciales como plenarias”
LAS PENAS DEL PECADO
N° 1472. Continuando la lectura del Catecismo de la Iglesia Católica y “Para entender esta doctrina y esta práctica de la Iglesia es preciso recordar que el pecado tiene una doble consecuencia. El pecado grave nos priva de la comunión con Dios y por eso nos hace incapaces de vida eterna, cuya consecuencia se llama la “pena eterna” del pecado. Por otra parte, todo pecado, incluso venial, entraña  apego  desordenado a las criaturas que tienen necesidad de purificación, sea aquí abajo, sea después de las muerte, en el estado que se llama Purgatorio. Esta purificación libera de lo que se llama la “pena temporal” del pecado. Estas dos penas no deben ser concebidas como una especie de venganza, infligida por Dios desde el exterior, sino como algo que brota de la naturaleza misma del pecado. Una conversión que procede de una ferviente caridad puede llegar a la total purificación del pecador, de modo que no subsistiría ninguna pena.
N° 1473 El perdón del pecado y la restauración de la comunión con Dios entraña la remisión de las penas eternas del pecado. Pero las penas temporales del pecado permanecen. El cristiano debe esforzarse, soportando pacientemente los sufrimientos y las pruebas de toda clase y, llegado el día, enfrentándose serenamente con la muerte, por aceptar como una gracia estas penas temporales del pecado; debe aplicarse, tanto mediante las obras de misericordia y de caridad, como mediante la oración y las distintas prácticas de penitencia, a despojarse completamente del “hombre viejo” y a revestirse del “hombre nuevo” (cf  Ef 4,24)
OBTENER LA INDULGENCIA DE DIOS POR MEDIO DE LAS IGLESIA
N° 1478 “ Las indulgencias se obtienen por la Iglesia que, en virtud del poder de atar y desatar que le fue concedido por Cristo Jesús, interviene en  favor de un cristiano y le abre el tesoro de los méritos de Cristo y de los santos para obtener del Padre de la misericordia la remisión de las penas temporales debidas por sus pecados. Por eso la Iglesia no quiere solamente acudir en ayuda de este cristiano, sino también impulsarlo a hacer obras de piedad, de penitencia y de caridad”.
N° 1479 “ Del Catecismo de la Iglesia Católica; puesto que los fieles difunto en vía de purificación son también miembros de la misma comunión de los santos, podemos ayudarles, entre otras formas , obteniendo para ellos indulgencias, de manera que se vean libres de las penas temporales debidas por sus pecados.”
Cada Obispo en su Diócesis y de acuerdo a su realidad designa las actividades en torno a las indulgencias. Por lo pronto, nuestro Vicario Castrense Mons. Pedro Cándia nos envió un informe donde nos invita a adherir a las indulgencias plenarias por uno y por un familiar difunto:
-          Visitando como peregrino la Basílica de Lujan, confesando los pecados y participar en una misa.
-          Visitando igualmente la Catedral Stella Maris, sede del Vicariato Castrense frente a los tribunales de Comodoro Pi en Retiro, participando en misa y acercándose al sacramento de la confesión.
-          Participar por lo menos en tres sesiones de charla u conferencia sobre el Documento del Vaticano II, cuyo cincuentenario de su promulgación celebramos.
Como vemos, tenemos todas las posibilidades de poder experimentar el amor y la misericordia de Dios Padre dispensada por nuestra Madre y Maestra la Iglesia para nosotros y nuestros seres queridos difuntos. Que este tiempo de preparación inmediata a la Navidad de Jesús y ya cercano el inicio del nuevo año nos encuentre pensando en nuestra trascendencia como hombres e imitando la vida humilde de tantos santos y santas que nos precedieron en nuestro peregrinar en la fe, como nuestro querido Cura  Brochero  recientemente beatificado.
                                                                                                                          p. Oscar

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